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Sobre conflictos entre la Ley de Bases del Medio Ambiente y Leyes Sectoriales Anteriores
Director de Contenido: Jaime Dinamarca, ambiente@sofofa.cl

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIVISIÓN JURÍDICA
REF.: N° 15253/98
OVZ
ATIENDE CONSULTA DE LA
CONTRALORÍA REGIONAL DE
ATACAMA
SANTIAGO, 17 AGO 98 * 29433

La Contraloría Regional de Atacama, en atención a una consulta formulada por la Dirección Regional del Servicio Nacional de Geología y Minería de esa región, solicita un pronunciamiento acerca de si las expresiones "legislación ambiental" empleadas por la ley N°19.300 en relación con el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se refieren sólo a dicho texto legal y al reglamento respectivo, contenido en el decreto N°30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, o si comprenden también otras disposiciones.

Al respecto, procede anotar que los artículos 12, letra g); 16, inciso final, y 18, inciso primero, de la ley N°19.300, de Bases del Medio Ambiente, aparece que las expresiones relativas a la "Legislación ambiental" a cumplir, contenidas en dichos preceptos legales a propósito del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, tanto por razones de texto –en cuanto no las restringen- como de contexto, no se encuentran limitadas en su alcance de modo exclusivo a la misma ley N°19.300 y al reglamento pertinente, sino que aluden a todas aquellas normas jurídicas que, incidiendo en el proyecto de que se trate, digan relación con el medio ambiente y, por cierto, se encuentren vigentes.

Sobre esto último es de advertir, sin embargo, y en atención a lo señalado en el informe adjunto a la consulta, que la normativa ambiental pertinente debe, en cada caso, ser especialmente examinada en lo que se refiere a su vigencia, por cuanto corresponde que aquellas otras disposiciones que no se concilien con lo preceptuado en la citada ley N°19.300 se entiendan, de conformidad con los artículos 52 y 53 del Código Civil, tácitamente derogadas, máxime si se considera que –tal como se ha expresado en los dictámenes N°s 36.540 y 37 841, ambos de 1997-, la indicada ley N°19.300 ha establecido un nuevo régimen normativo destinado a salvaguardar el derecho a vivir en medio ambiente libre de contaminación.

Saluda atentamente a Ud


GASTON ASTORQUIZA ALTAN
Abogado Jefe
División Jurídica

 

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