ACTIVIDADES Y EVENTOS

INTERVENCIÓN DE SR. MARTIN FRUNZ, GERENTE DE PREVENCION DE LA ASOCIACION CHILENA DE SEGURIDAD EN SEMINARIO SOBRE "REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO
DECRETOS N° 594 Y N° 201 - REEMPLAZAN DECRETO N° 745"
Edificio de la Industria, 12 de septiembre de 2001

En primer lugar queremos destacar y felicitar la iniciativa de la Sociedad de Fomento fabril por promover y difundir el análisis de los decretos Nº594 y 201 que nos convocan hoy día.

La normativa del Ministerio de Salud que hoy nos reúne fue promulgada en el año 1999. Posteriormente, en julio del año pasado, se postergó su entrada en vigencia por 365 días y en julio del presente año fue modificado este decreto Nº594 por el decreto modificatorio Nº201.

Esta larga e interrumpida tramitación refleja la falta de participación de todos los actores involucrados que, como vemos, tienen que emitir sus opiniones y defender sus legítimas posiciones, totalmente fuera de plazo y ante hechos consumados que resultan difíciles de revertir o cambiar.

En el caso particular de la Asociación Chilena de Seguridad, no fuimos invitados a participar institucionalmente durante la elaboración del decreto 594, salvo la participación ocasional de uno o dos técnicos nuestros y que lo hicieron a título personal.

Recién durante el período de congelamiento que tuvo el 594, y donde se entró en una etapa de revisión, se nos invitó a participar por el Departamento de Salud Ocupacional del Ministerio de Salud en dos reuniones, junto a Aníbal Mege de Sofofa y a Stelio Cembrano, de la Asociación de Industriales Químicos, como consecuencia de un documento que le enviamos a la ministra de Salud, donde le hacíamos presente 46 observaciones de modificación al citado decreto 594.

El Ministerio de Salud en su decreto 201 sólo consideró 15 de estas 46 rectificaciones que solicitaba la institución.

Entendemos que estas normas tienen como objetivo principal resguardar la salud de los trabajadores y las condiciones de seguridad en las empresas.

Si bien es cierto, no podemos menos que declarar públicamente nuestra total coincidencia con este loable propósito, no es menos cierto que las nuevas exigencias en esta materia nos preocupan profundamente, considerando la metodología seguida en su formulación, especialmente teórica; el crítico escenario económico imperante; y el cúmulo de regulaciones con que se está sometiendo hoy día a las empresas.

Esperamos rectificaciones de parte de la autoridad y que se manifieste un entendimiento y armonía entre quienes aplican la ley y los agentes económicos obligados a cumplirla.

Finalmente, reitero nuestros agradecimientos a la Sofofa por habernos invitado a compartir este Seminario.

Muchas gracias.

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