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El
documento "Certificado
de Origen" tiene como principal objetivo acreditar el origen
nacional de un producto que se destina a la exportación, de acuerdo
con las Normas de Origen pactadas en los respectivos Acuerdos Comerciales.
Conforme
a lo anterior y por la inserción de Chile en los mercados internacionales
a través de la firma de los convenios suscritos en el marco de ALADI
(Acuerdos de Alcance Regional -PAR- y Acuerdos de Complementación
Económica -ACE-) y los Tratados de Libre Comercio con Canadá, México,
Centroamérica (en la actualidad se encuentrán vigentes
los Protocolos de Costa Rica y El Salvador), Unión Europea,
Corea, EFTA y Estados Unidos, este documento es fundamental para
los efectos de acogerse a las preferencias arancelarias que se han
alcanzado.
Además,
como nación considerada en vía de desarrollo, los productos originarios
de nuestro país son beneficiados con el mecanismo denominado Sistema
Generalizado de Preferencias SGP, otorgado por países de economías
desarrolladas.
Para
lograr acogerse a las preferencias arancelarias obtenidas, ya sea
por negociaciones bilaterales o beneficios arancelarios del SGP
y de acuerdo con las disposiciones internacionales emanadas de los
mismos tratados vigentes, deberá acreditarse el origen de las mercancías
exportadas mediante un Certificado de Origen suscrito por alguna
repartición oficial o entidad gremial con personalidad jurídica,
habilitada por el gobierno del país exportador.
Están
exceptuados de este trámite las exportaciones acogidas a los Tratados
de Libre Comercio con Canadá, México y Centroamérica, en
donde los propios exportadores deben certificar el origen de sus
productos.
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