Señaló Estudio Encomendado por Sofofa:

NO SE JUSTIFICA NORMA DE MATERIAL

PARTICULADO EXTRAFINO EN EL PAIS

Boletín Area Medio Ambiente Nº14                                                                 Diciembre 2000

Resumen

Frente a la decisión anunciada por CONAMA, de dictar una norma de material particulado extrafino, de 2.5 micrones -MP2.5-, SOFOFA encargó a la Consultora AMBAR recopilar y analizar los antecedentes existentes en el ámbito nacional e internacional relativos a esta normativa.

El Informe Final fue dado a conocer el pasado viernes 1° de diciembre y su principal conclusión es que en Chile no sería justificable dictar una norma de MP2.5, básicamente por las siguientes razones:

  1. En el ámbito internacional esta normativa es prácticamente desconocida y los pocos países que la han adoptado establecieron plazos y condiciones que la hacen de muy difícil aplicación;
  2. Los pocos países en el mundo que poseen una norma de MP2.5 tienen un ingreso per capita seis veces superior al nuestro y, a pesar de ello, les resulta de muy difícil cumplimiento; y,
  3. Dado que Chile ya cuenta con una norma de MP10 particularmente estricta para la realidad del país, la que involucra también al MP2.5, lo que corresponde en el caso de Santiago es redoblar los actuales esfuerzos para abatir MP10, de acuerdo con lo dispuesto en el Plan de Descontaminación vigente.

A continuación se exponen los principales antecedentes internacionales y recomendaciones aportados por el referido estudio.

Experiencia internacional en una norma de MP 2,5

Estados Unidos fijó en 1997 una norma anual de MP2.5 de 15 ug/m3 y una norma diaria de 65 ug/m3, definida con un percentil 98 de las mediciones, (es decir, a lo menos el 98% de las mediciones debe cumplir la norma), promediado en tres años, con una fecha máxima de cumplimiento para el año 2017. Esta norma está siendo impugnada ante la Corte Suprema y dentro de las objeciones que se le han formulado se señala que la Agencia de Protección Ambiental de EE.UU. no consideró en su elaboración factores tales como los costos, ni ha logrado justificar adecuadamente los niveles propuestos.

Propuesta del Estudio: reducir el MP2.5 en el marco de las estrategias de reducción del MP10.

Dado que el material particulado extrafino, MP2.5, está contenido en la norma de MP10, entonces las estrategias de reducción del MP10 implican necesariamente un abatimiento del MP2.5, siendo innecesario dictar una norma especial para este último. Además, las fuentes son las mismas, pero lo que cambia son sus contribuciones, por lo tanto las estrategias para enfrentar el MP10 o el MP2.5 son las mismas.

En definitiva, resulta más aconsejable focalizar los esfuerzos en identificar las medidas más eficientes para resolver los problemas de contaminación atmosférica por material particulado -sea este MP10 o MP2.5- en lugar de plantear una nueva definición normativa.

La información actualmente disponible, proveniente de la CONAMA, de los auditores externos contratados por esta institución y de investigadores independientes, confirma que las principales características del MP2.5 son:

  1. El "polvo resuspendido" sigue siendo una de las fuentes principales, por lo tanto invertir recursos en abatir las emisiones provenientes del suelo siguen justificándose, tanto desde el punto de vista del MP10 (50-55%) como del MP2.5 (20-30%).
  2. El "tráfico vehicular" (sin considerar el factor resuspensión) es el segundo contribuyente desde el punto de vista del MP10, (20-30%) y el principal contribuyente desde el punto de vista del MP2.5, (35-65%), Los mayores responsables de las partículas de combustión serían los vehículos con motores diesel, principalmente buses y camiones.
  3. La contribución del sector "cobre" requiere de un análisis de mayor detalle, por cuanto estaría explicando entre un 10% y un 48% del MP2.5, (lo cual se debería a la Fundición de Caletones).
  4. Las concentraciones de nitratos, sulfatos y amonio son muy relevantes en la formación de MP2.5 secundario y merecen una atención especial.

Las medidas a proponer son obvias a partir de los resultados anteriores y no se necesita una nueva norma de MP2.5 para aplicarlas, sino que basta con cumplir la actual normativa de MP10, de acuerdo con las estrategias establecidas en el Plan de Prevención y Descontaminación de Santiago:

  1. Abatir las emisiones del suelo mediante pavimentación, lavado de calles. Especial relevancia puede tener un lavado de calles eficaz, enfocado al control del material particulado fino.
  2. Reducir las emisiones de buses, ya sea mediante normas más estrictas de emisión y de calidad de combustible, eliminando buses antiguos, implementando un programa de mejoramiento del parque de buses y/o de cambio de buses a gas natural, gas licuado o eléctrico, mejorando el sistema de transporte público para reducir el número de kilómetros recorridos.
  3. Controlar sulfatos. Evaluar las emisiones y sus efectos en Santiago de la Fundición de Caletones. Según reporte ambiental de 1999 de CODELCO, los niveles de emisión en 1998 de esta fuente de Anhídrido Sulfuroso, correspondieron a 750.000 toneladas por año, para los años 1999 y 2000 ellas se reducen a 494.000 toneladas año y en los años 2001 y 2002 serán de 230.000 toneladas año. Toda la Región Metropolitana tiene inventariadas 21.170 toneladas año, según el inventario de 1997, es decir un orden de magnitud considerablemente menor. Dado que el SO2 es precursor de sulfatos expresados en MP2.5, un análisis de mayor detalle respecto a este punto es plenamente justificable, de modo de evaluar con mayor precisión los efectos en la calidad del aire de Santiago de la reducción de las emisiones de esta megafuente.
  4. Control de nitratos. Corresponde a conversión de NO2 en la atmósfera, proveniente de fuentes locales y externas. Se justifica controlar estas emisiones, principalmente las provenientes del transporte. Nuevamente, justifica mejorar el parque de buses y la calidad de los combustibles.
  5. Control de amonio: La fuente principal son las aguas servidas de alcantarillado y fertilizantes de uso agrícola. Por lo tanto, acelerar el tratamiento de las aguas servidas con el correspondiente control de emisiones debería tener una prioridad mayor a la actual.
  6. Control de quema de biomasa. Las actuales emisiones por este concepto son inaceptables, aún en zonas rurales de la Región Metropolitana y de sus áreas cercanas.
  7. Generar un sistema de compensación de emisiones de fuentes fijas con otros sectores, de modo que, mediante este mecanismo, se generen reducciones de emisión globales para cumplir con el objetivo de alcanzar las metas de calidad del aire deseadas. En el caso de una normativa de gases, considerar sólo fuentes de emisión relevante.
  8. Profundizar el análisis respecto a las fuentes responsables del MP10 y el MP2.5, donde un factor relevante son los compuestos secundarios.

Informativo editado por Revista Industria

Organo Oficial de la Sociedad de Fomento Fabril

Director y Representante legal

Andrés Concha Rodríguez

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